Dejando a parte a los hijoputas de los de ETA, una adivinanza:
Se prohíbe la práctica en la vía pública de actividades, sea cual sea su naturaleza, que, atendiendo a cada caso concreto y a la vista de las circunstancias concurrentes, puedan causar daños a las personas o bienes, o molestias notables a la ciudadanía.
o también:
l) Actos u omisiones contrarios a lo previsto en esta Ordenanza que pongan en peligro grave salud o la integridad física o moral de las personas.
Adivina adivinanza... ¿quienes son los que aun, después de 27 años no se han enterado de eso de la Constitución?
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Varios
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Comentarios
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Yo pondría el enfásis una palabra más allá: "molestias _notables_"
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hay tantas cosas incumplidas de la constitución, como el derecho a una vivienda digna o a un trabajo justo, que una más ni se nota.
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Salvo cuatro o cinco detalles, a mi me parece una Constitución que puede durar.
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