censura.
(Del lat. censūra).
1. f. Dictamen y juicio que se hace o da acerca de una obra o escrito.
2. f. Nota, corrección o reprobación de algo.
3. f. Murmuración, detracción.
4. f. Intervención que ejerce el censor gubernativo.
5. f. Pena eclesiástica del fuero externo, impuesta por algún delito con arreglo a los cánones.
6. f. Entre los antiguos romanos, oficio y dignidad de censor.
7. f. Psicol. Vigilancia que ejercen el yo y el superyó sobre el ello, para impedir el acceso a la conciencia de impulsos nocivos para el equilibrio psíquico.
8. f. ant. Padrón, asiento, registro o matrícula.
~ de cuentas.
1. f. La ejercida por el censor jurado de cuentas.
previa ~.
1. f. Examen y aprobación que anticipadamente hace el censor gubernativo de ciertos escritos antes de darse a la imprenta.
Me gustaría saber que acepción de "censura" usan los que acusan a ARP-SAPC de ejercerla mediante su manifiesto.
Si son la acepción uno o dos, pues si, se hace un dictamen de la obra del Iker Jiménez (y similares) clasificándola de pseudociencia y reprobándola.
Si es una murmuración, pues como que no, se dice en voz bien alta.
La intervención de un censor gubernativo tampoco es aplicable, ARP-SAPC no es un órgano gubernativo y no tiene capacidad de ejercer ese tipo de censura.
Tampoco es un órgano eclesiástico, con lo que la acepción cinco tampoco es aplicable, ni remotamente.
La sexta tampoco, no son romanos de la Roma Imperial, puede que haya algún socio italiano, pero no creo que los que critican el manifiesto se refieran a eso.
La séptima como que tampoco, y desde luego no se está haciendo un "padrón, asiento, registro o matrícula".
La "censura de cuentas" me parece que no es aplicable, no se está tratando de la contabilidad de la televisión, sino de algunos de sus programas.
Y por último lo de la "censura previa" dice que es el examen y aprobación que anticipadamente hace el censor GUBERNATIVO de ciertos escritos antes de darse a la imprenta (o, por extensión, su emisión por algún medio de comunicación) tampoco es aplicable, lo dicho ARP-SAPC no es un órgano gubernativo y no tiene capacidad de ejercer ese tipo de censura.
Hay tres posibilidades:
* Que estemos tratando con la acepción uno o dos, o sea, que se critican los programas paranormales, pues si, vale, lo aceptamos.
* Que el que critica no tiene muy claro lo que significa censura, en realidad no tiene nada claro lo que significan muchas cosas, y aplique ese adjetivo con cierto tufillo "postmoderno", ese tan de moda que dice que "toda idiotez es respetable" pero si la criticas y vas en contra de mis prejuicios, te llamo talibán e inquisidor.
* Que en realidad estemos tratando con gente muy malintencionada que por rencores, inquinas o vaya usté a saber, no sólo dice que el manifiesto de ARP-SAPC es censura, sino que se resucita a Franco siguiendo esa moda tan actual del "acoso y derribo" perdonable a mucha gente cuya capacidad y talla moral no da mucho de si, pero en absoluto disculpable en una persona de demostrada valía como la del autor.
Resumiendo, la censura la ejerce UN GOBIERNO, no una pequeña asociación sin ánimo de lucro como es ARP-SAPC y pedir que los medios de comunicación, a la hora de dar una noticia se les ocurra preguntar si es verdadera o falsa no es un crimen contra la libertad, más bien al contrario, nuestra Constitución dice en el artículo 20.1.d) que se tiene el derecho "a comunicar o recibir libremente información VERAZ por cualquier medio de difusión" y estos programas de lo paranormal no venden un entretenimiento tipo Expediente X, no, venden como real cosas FALSAS y eso es muy grave y no se debe consentir.